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A LOS QUE PAGAN IMPUESTOS A LA DGII LES DEBE DE INTERESAR ESTA NOTICIA.

En un desayuno con la Asociación de Industriales (AIRD), el director de Impuestos Internos, Luis Valdez, habló sobre un borrador que están trabajando para hacerle algunos cambios al Código Tributario criollo, es decir, que vienen algunos cambios.
 
PRIMERO LO PRIMERO: ¿QUÉ ES EL CÓDIGO TRIBUTARIO?
De manera general, en cualquier país, el Código Tributario es la ley que dice los impuestos que se van a poner, a qué se le van a poner y a qué tasa. Nuestro país tiene la Ley No. 11-92, y como su número lo indica está vigente desde el 1992 y de ahí para acá nunca lo han modificado como tal para adaptarlo a los nuevos tiempos y poner todo en un solo lugar, sino que lo han acompañado de cuchumil leyes diferentes.
 
Eso es un bobo para todo el mundazo, no solo porque se ha vuelto un arroz con mango, sino porque a diferencia de otros países que producen ingresos con minería o activos que pertenecen al Estado, en RD los impuestos son el ingreso principal y el gran dolor de la clase media.
¿NO DIZQUE LA REFORMA FISCAL NO IBA?
La buena noticia es que, hasta ahora, sigue sin ir. Según explicó el director de Impuestos Internos, Luis Valdez, los cambios que se anunciaron no son en tasas de impuestos, sino en procesos administrativos que, según él, le harán la vida más fácil al contribuyente (o sea, a ti).
 
¿Y CUÁLES SON LOS CAMBIOS?
Como esto todavía es un borrador realmente no sabemos, pero la esperanza es que simplifiquen el Código, tal y como prometió Luis Abinader cuando todavía no era presidente, en el 2018. Mientras tanto, dale un abrazo a tu contable la próxima vez que lo veas.
 
PARA QUE TE DESAYUNES TÚ TAMBIÉN, AQUÍ UNAS CUANTAS COSITAS DEL BORRADOR:
1-La mora (o el retraso) en el pago de cualquier impuesto —que ahora es de 30% por encima de la tasa de interés que fija la Junta Monetaria por cada mes o fracción— se reducirá a un 3% mensual o la fracción del mes, con un máximo de 100% del impuesto que se debe.
 
2-Habrá un catálogo de los derechos del contribuyente (o sea, de los tuyos), y la oficina virtual de la DGII tendrá que recibir solicitudes, no solo mandar notificaciones. También habrá una «Oficina Nacional de Defensa» para que sean nuestro ‘Chapulin Colorado’.
 
3-Será obligatorio publicar las consultas técnicas, y los fiscales de impuestos deberán tener una orden de allanamiento para entrar a lugares privados o casas.
 
4- Si te toca un reembolso y la DGII se atrasa por asuntos administrativos, tendrán que devolver el dinero con una moñita por encima.
 
5- Cuando tengas un saldo a favor en un impuesto, se podrá aplicar ese «cupón» en cualquier otro impuesto que aplique.
 
Fuente: El Brifin.

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