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TRABAJADORAS DOMÉSTICAS ALEGRES CON DECISIÓN DEL MINISTERIO DE TRABAJO

El Comité Nacional de Salarios —que es el junte entre el gobierno, el empresariado y los sindicatos de trabajadores, que decide todo lo que tiene que ver con salarios— emitió una resolución para poner en orden el trabajo doméstico en el país. Y aunque la resolución salió ayer, entrará en vigencia dentro de 3 meses para dar chance a que la información se riegue por todos los medios.
 
Junto con la resolución también tiraron una guía para que todo el mundo entienda de qué va la formalización, y aquí están los puntos más importantes:
 
SOBRE EL CONTRATO
El empleador tiene que registrar a sus trabajadores domésticos en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS). El código que reciban en la TSS tiene que llevarlo al Ministerio de Trabajo, junto con una copia de las cédulas o pasaportes de los dos (empleador y empleado).
 
Y en ese contrato tiene que estar todo claro: la fecha de inicio del contrato; qué trabajos hará el trabajador en la casa; cuál será el salario y cómo le pagarán; cuál será la jornada de trabajo; y poner cuándo serán sus vacaciones y sus horas de descanso diarias y semanales.
SOBRE EL TRABAJO
Las jornadas de trabajo tienen que ser de máximo 8 horas diarias y de 44 horas a la semana, con al menos 36 horas libres. Esas 8 horas al día se podrán dividir como le convenga a ambas partes.
 
Los sábados y domingos no trabajan a menos que se pongan de acuerdo a que se trabaje uno de esos días, que puede ser a cambio de un día libre en la semana o pagando horas extra (que se pagan al doble).
 
SOBRE EL SALARIO
El pago mínimo tiene que ser de RD$10,000 pesos y si alguien ya ganaba más de ahí cuando salió la resolución, no se le puede bajar el sueldo. El pago se acuerda entre el empleador y el trabajador, pero no puede pasar de un mes, o sea, no se le puede pagar a un trabajador cada dos meses.
 
En navidad les toca su doble sueldo y en caso de que no puedan tomar sus vacaciones completas, entonces se deben pagar las vacaciones no disfrutadas.
 
SOBRE LAS VACACIONES
Los trabajadores tienen derecho a 14 días de vacaciones después de durar 1 año trabajando con el empleador. Las vacaciones serán con disfrute de sueldo —o sea que el trabajador sale de vacaciones, pero se le sigue pagando igual— y después de 5 años trabajando en el mismo sitio, seguirán siendo 14 días de vacaciones pero con una ñapa económica ya que habrá que pagarle el equivalente a 18 días de sueldo.
 
PERO HAY MÁS
Aparte de todo esto, también se aprobó un plan piloto para incluir a los trabajadores domésticos en el Sistema de Seguridad Social bajo el Régimen Contributivo Subsidiado —ese es el subsidio del Estado que se les da a las personas con ingresos inestables o muy bajitos —aparte de la contribución que hace el trabajador y el empleador.
 
También hay otro plan piloto para que los trabajadores y sus dependientes directos (pareja e hijos) se beneficien de varios planes, incluyendo beneficios con un Plan Básico de Salud Familiar, seguro de discapacidad y sobrevivencia, seguro de riesgos laborales y pensiones por vejez.
 
¿POR QUÉ SALIÓ ESTA RESOLUCIÓN?
Porque en el 2015 el país ya había ratificado el convenio 189 de la Organización Internacional de Trabajo sobre el trabajo decente para trabajadores domésticos del 2011; y aunque está contemplado en el Código de Trabajo, en la práctica nunca se había regulado definitivamente el trabajo doméstico.
 
Fuente: El Brifin.

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