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ATENCIÓN ABOGADOS Y NO ABOGADOS. LEAN ESTO.

Ley De Recurso De Casación
El Presidente Abinader promulgó el pasado martes la Ley número 2-23, que regula el procedimiento de casación. El recurso de casación es donde las partes en un proceso echan el último pleito. Cuando alguien pone una demanda y el que pierde (a veces el que gana también) no está conforme con la sentencia puede someter un recurso de apelación; ahí se revisa el pleito entero de nuevo. Pero si con la sentencia de apelación todavía no están conformes se puede someter el recurso de casación, pero en ese nivel los jueces solo revisan el derecho (si los jueces de apelación aplicaron bien la ley) y no los hechos.
 
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTA NUEVA LEY?
Porque todo el mundo estaba harto de lo mucho que duraban los expedientes en la Suprema, ya que podían llegar a ser hasta años. Entre los cambios que trae la ley, están cambios en los plazos y en la forma en que se computan (se cuentan). También da herramientas a la Suprema y a los usuarios para que sus casos se juzguen con mayor rapidez. Esperemos que no pase como el Código Procesal Penal, que la ley dice una cosa y cuando viene a ver en la práctica es otra cosa.
 
¿CUÁLES NOVEDADES HAY RESPECTO A LO QUE HABÍA ANTES?
Si no eres abogado probablemente esto no te importe tanto, porque son cosas muy técnicas, pero como saber no pesa te mencionamos unas cuantas (a ver si no metemos la pata):
 
    La del 1953 decía que para recurrir en casación el plazo era de dos meses. Se modificó en el 2008 a un plazo de 30 días. Ahora, el plazo para recurrir en casación frente a la sentencia será de 20 días hábiles (es decir que no se contarán los días feriados ni fines de semana)
    Cambiaron los plazos para los emplazamientos (si eres abogado, tienes que leerla).
    Las audiencias ahora ni siquiera serán obligatorias, sino excepcionales. Eso permite que los jueces se concentren en fallar sus sentencias y no en recibir gente diciendo la misma oración todos los días.
    Después que el expediente quede en estado de fallo en esas materias como referimiento y otras que requiere que las cosas se manejen rápido, el tribunal tendrá dos meses para emitir la sentencia. En los otros casos, el plazo será de seis meses.
 
EL REFERIMIENTO
En palabras llanas, un referimiento es cuando alguien ya tiene un caso y tiene la emergencia de cambiar una situación legal desfavorable para ellos, mientras esperan la decisión final del juez sobre el asunto en cuestión. Regularmente la ley prevé plazos más cortos para este tipo de acciones.
 
    La ley anterior no decía ni pío sobre los referimientos. En la práctica se hablaba de un «plazo razonable» (que se interpretaban asigún), lo cual no hacía nada de sentido, porque la finalidad del referimiento es que todo se dé rápido, porque hay como quien dice una emergencia.
    El plazo ahora para recurrir en casación las sentencias de referimiento es de 10 días hábiles. Ahí también metieron los embargos y otras decisiones especiales.
 
Hay un tema también que varió con que se podrán ejecutar algunas sentencias en parte aunque se haya elevado un recurso de casación, pero de todas maneras, la misma ley dice que la Suprema tendrá que emitir un reglamento más adelante para establecer el procedimiento para esto. 
 
Fuente: El Brifin.
 

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